martes, 28 de julio de 2009

rEGISTRO dE eXPRESIÓN aNTICIPADA dE vOLUNTADES dE lA jUNTA dE eXTREMADURA

la Junta de Extremadura regula el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Expresión Anticipada de Voluntades de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crea el Fichero Automatizado de datos de carácter personal del citado Registro. De este modo, la administración regional regula el derecho reconocido a los ciudadanos por Ley para que puedan expresar, de forma anticipada, sus voluntades ante una situación de terminalidad sobrevenida por la evolución de una enfermedad o por cualquier otro problema que comprometa la vida.

Así, cualquier ciudadano entregará la documentación en el registro y se incluirá en el Registro Autonómico de Expresión Anticipada de Voluntades. Una vez incluido en este registro la Consejería de Sanidad y Dependencia comunicará la existencia y la disponibilidad al resto del Sistema Nacional de Salud a través de medios informáticos. De tal forma y ante una situación de te4rminalidad del paciente, este documento de expresión anticipada de voluntades puede ser adecuadamente usado en cualquier parte del Sistema Nacional de Salud. El Centro de Urgencias y Emergencias 112 estará conectado de forma segura al registro y podrá utilizarse la voluntad de ciudadano en cualquier situación, incluida las emergencias médicas y la atención fuera de cualquiera de los centros sanitarios existentes en nuestra Comunidad Autónoma.

De la misma forma, el ciudadano que ya haya expresado su voluntad a través de un documento y quiera revocarla o modificarlo lo puede hacer, con este procedimiento, a cualquier hora del día y de la noche.

Funcionamiento

Para que un ciudadano inscriba un documento dentro del registro de expresión anticipada de voluntades, será necesario que la expresión haya sido libre y voluntaria por personas mayores de edad y con plena capacidad legal de obrar.

El documento debe firmarse ante notario o tres testigos, y que estos últimos, -al menos dos de ellos- no tengan lazos de consanguinidad con el que expresa su voluntad. Estas situaciones estaban ya recogidas en la Ley de Información Sanitaria y Autonomía del Paciente.

El documento se puede entregar en la sede del propio registro o en los Centros Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Para hacer la entrega, existe un modelo de solicitud y debe ir acompañado de la documentación acreditativa personal del interesado o del representante legal, debidamente autorizado. En el plazo máximo de 5 días estará inscrito en el registro y se podrá hacer uso de él.

Más información

Accede a la normativa y documentos para inscribirte

2 comentarios:

  1. Me parece muy pero que muy bien, ya era hora de que existiese algo así.

    ResponderEliminar
  2. dAVID, la etiqueta me ha hecho partirme la caja. Aparte ya sabes lo que opino. Me lo voy a mirar despacio porque me gustaría tener ciertas decisiones ya tomadas.

    ResponderEliminar